El Gobierno ha implementado una reforma significativa en los subsidios por desempleo regulada por el Real Decreto-ley 2/2024 de 21 de mayo. Afecta a gran parte de las prestaciones actuales, unificándolas en un nuevo sistema.
A partir del 23 de mayo de 2024, los siguientes subsidios dejarán de existir:
En su lugar, se introducirá el subsidio por agotamiento de la prestación, el cual estará acompañado por:
El Ministerio de Trabajo ha unificado estos subsidios para mejorar el acceso a las prestaciones, eliminando el plazo de espera de 30 días que anteriormente era necesario para solicitar el subsidio tras agotar la prestación contributiva por desempleo. Este cambio pretende facilitar el proceso para aquellos menores de 45 años sin cargas familiares y asegurar que nadie quede excluido por su edad o situación familiar.
Los nuevos subsidios se podrán solicitar después de agotar la prestación contributiva por desempleo o en otras circunstancias, como la mejora de una incapacidad permanente. Anteriormente, solo existían dos ayudas principales: el subsidio para mayores de 45 años y la ayuda familiar. Ahora, cualquier persona, independientemente de su edad o responsabilidades familiares, podrá acceder a estos subsidios, aunque la duración dependerá de varios factores:
Para aquellos con responsabilidades familiares, la duración del subsidio varía:
El SEPE recuerda que estos son los periodos máximos y que los subsidios se aprueban por periodos de seis meses, renovables si se siguen cumpliendo los requisitos.
Las cuantías también han sido modificadas. A partir del 23 de mayo de 2024, los subsidios se calcularán de la siguiente manera:
*Cifras basadas en el IPREM actual.
Para tener toda la información sobre los requisitos específicos y detalles adicionales, consulta el Real Decreto-ley 2/2024 de 21 de mayo. No dudes en consultarnos cualquier duda que te surja al respecto, en Grupo FSL estamos para ayudarte.