Un sindicato ha interpuesto una demanda contra la práctica de que los coordinadores (Team Leaders) llamen a los empleados en situación de incapacidad temporal (IT) para interesarse por su estado de salud. Esta demanda solicita que dicha práctica se declare ilegal y se ordene su cese inmediato. La empresa, que enfrenta un elevado nivel de absentismo (16%), ha implementado un protocolo de seguimiento de ausencias que incluye estas llamadas.
La empresa ha establecido un protocolo que instruye a los coordinadores para que llamen a los empleados que no acuden al trabajo debido a una baja médica. Este protocolo tiene varias características clave:
El sindicato argumenta que esta práctica vulnera varios derechos de los empleados, tales como:
El análisis legal realizado concluye que esta práctica no vulnera ningún derecho de los empleados. Los puntos clave del análisis son los siguientes:
Por tanto, el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en su sentencia del 11 de abril de 2024, ha dictaminado que la práctica de realizar llamadas cordiales para interesarse por el estado de salud de los empleados en situación de IT no vulnera derecho alguno. En consecuencia, este protocolo puede continuar implementándose dentro del marco legal vigente. Es fundamental que las empresas gestionen el absentismo laboral de manera respetuosa y conforme a la legalidad, mostrando interés por el bienestar de sus empleados sin vulnerar sus derechos. Este caso resalta la importancia de establecer protocolos claros y respetuosos que promuevan un buen ambiente laboral y respeten la intimidad y los derechos de los trabajadores.