A partir del 3 de abril de 2025, la normativa sobre la tributación de las indemnizaciones por despido quedará completamente aclarada gracias a una modificación en la Ley del IRPF introducida por la Ley Orgánica 1/2025. Según esta nueva regulación, las indemnizaciones acordadas en actos de conciliación administrativa estarán exentas de tributación en el IRPF siempre que cumplan ciertas condiciones.
En primer lugar, la exención aplica únicamente a indemnizaciones que no deriven de pactos, convenios o contratos previos. Además, estas deben ser el resultado directo del acto de conciliación llevado a cabo como paso previo a la vía judicial.
Límites de la exención:
Aunque esta exención ya se aplicaba en la práctica, la nueva normativa elimina cualquier duda interpretativa, estableciendo con claridad que los acuerdos formalizados ante los servicios administrativos, como el SMAC, están exentos de IRPF dentro de los límites legales.
¿Qué implica esto en la práctica?
Por tanto, desde Fisela |Grupo FSL aconsejamos a las empresas que formalicen siempre las indemnizaciones en el SMAC para evitar riesgos fiscales y garantizar el cumplimiento de la normativa. Recomendamos también a los trabajadores que pasen por el SMAC para proteger sus derechos laborales y asegurar que no tendrán sorpresas con Hacienda.