Plazo de presentación de solicitudes desde el 17/01/2025 hasta el 15/09/2025. La ayuda se concederá por estricto orden de presentación.
Objeto
Regular la concesión de subvenciones para la realización de proyectos de ahorro y eficiencia energética en las empresas gallegas que cumplan con los requisitos establecidos en la normativa y las bases de este procedimiento.
No serán subvencionables los proyectos iniciados antes de la fecha de presentación de la solicitud.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios:
- Las empresas legalmente constituidas y los empresarios autónomos, que tengan domicilio social o algún centro de trabajo en Galicia.
Se considerará empresa toda entidad, independientemente de su forma jurídica, pública o privada, que ejerza una actividad económica. En particular, se considerarán empresas las entidades que ejerzan una actividad artesanal u otras actividades a título individual o familiar, así como las sociedades de personas y las asociaciones que ejerzan una actividad económica de forma regular.
- Las empresas de servicios energéticos que gestionen total o parcialmente instalaciones consumidoras de energía y que el objeto de estos contratos de servicios sea la consecución de ahorro económico derivado de un menor consumo de energía. Los centros de consumo en los que se actúe deben estar situados en Galicia y contar con el permiso del titular de las instalaciones.
Las empresas de servicios energéticos deberán cumplir los requisitos establecidos en el Real decreto 56/2016, de 12 de febrero, y deberán estar incluidos en el Listado de proveedores de servicios energéticos, regulada en el capítulo III del citado real decreto.
Plazo de presentación solicitudes desde el 17/01/2025 hasta el 25/06/2025. Las ayudas se concederán bajo el único criterio del orden de presentación de solicitudes.
Objeto
Estas ayudas tienen por objeto prestar a pymes y autónomos del sector servicios, con domicilio social o centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia, apoyo económico a la realización de proyectos de mejora energética.
Destinatarios/as
Pymes legalmente constituidas y empresarios autónomos, que en la fecha límite de presentación de solicitudes cumplan los siguientes requisitos:
**.Se excluye las sociedades en crisis, con deudas, en concurso o condenados por incompatibilidad.
Para conocer todos los detalles, no dudes en contactar con nosotros y estaremos encantados de ayudarte.