Objeto
El objetivo de la ayuda es favorecer la contratación de personas desempleadas, entendiendo por tales aquellas personas que figuren inscritas como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo de Galicia y a su vez que carezcan de ocupación efectiva según informe de vida laboral, en la empresa ordinaria (y entidades sin ánimo de lucro), especialmente de aquellas que tienen mayores dificultades de inserción laboral, mediante una línea 1 de incentivos para la contratación por cuenta ajena y una línea 2 de incentivos para las acciones formativas en el centro de trabajo.
Beneficiario
Podrán ser entidades beneficiarias de los incentivos previstos en esta orden las personas empleadoras y las empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas, las sociedades civiles y las comunidades de bienes, aunque carezcan de personalidad jurídica, que contraten personas trabajadoras por cuenta ajena para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia, de acuerdo con los requisitos y condiciones que se establecen en esta orden.
Exclusiones
Quedan excluidas de este programa las personas empleadoras y las empresas que cumplan las siguientes condiciones:
• No estar al día de los pagos frente a la Seguridad Social o tener deudas pendientes con la Administración pública.
• Ser declarado en concurso, ser declaradas insolventes o ser inhabilitados conforme la Ley.
• Ser sancionado mediante resolución en firma con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según la Ley 9/2007.
Para conocer todos los detalles no dudes en contactar con nosotros y estaremos encantados de ayudarte.