Objeto
Mejora de la competitividad de la actividad empresarial de las personas beneficiarias.
Beneficiarios
1.Las personas trabajadoras autónomas de alta en el régimen especial de autónomos o en la mutualidad del colegio profesional, que en la fecha de la solicitud tenga el domicilio fiscal en Galicia y que cumplan los siguientes requisitos:
a) En la fecha de la solicitud tenga una antigüedad superior a 42 meses ininterrumpidos computados desde la fecha de la solicitud, en la realización efectiva de una actividad empresarial o profesional.
b) Que tengan un rendimiento neto reducido de los rendimientos de actividades económicas declarados en el IRPF anual referido al año 2022, inferior a 50.000 euros.
c) Que tengan una facturación mínima anual de 12.000 euros, IVA incluido, en la declaración del IRPF del año 2022.
2.Las sociedades de cualquier clase, incluidas las unipersonales y las comunidades de bienes, con domicilio fiscal en Galicia en la fecha de la solicitud, y que cumplan los siguientes requisitos:
a) En la fecha de la solicitud tenga una persona autónoma societaria con una antigüedad superior a 42 meses ininterrumpidos en la realización efectiva de una actividad empresarial o profesional, y que dicha Sociedad no fuese beneficiaria ni hubiera percibido esta subvención en alguna de las últimas cinco convocatorias (2019-2023 ambas incluidas). En el caso de autónomos administradores, tendrán la consideración de autónomo societario si forman parte de la sociedad en un porcentaje superior al 25% de las participaciones o el 33% del capital, lo que se deberá de acreditar mediante escritura notarial.
b) Que la empresa tenga una facturación mínima anual de 12.000 euros, IVA incluido en la declaración referida al año 2022.
c) Que la empresa tenga una base imponible en el impuesto de sociedades del año 2022 inferior a 50.000 euros (casilla 552 del impuesto de sociedades). En el caso de que tributen en régimen de atribución de rentas este importe de 000 euros se referirá a la suma de todos los rendimientos netos reducidos (rendimientos de la actividad económica de la entidad solicitante), declarados en el IRPF de cada uno de los miembros de la entidad solicitante (modelo 184).
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