El Real Decreto-Ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral introduce novedades en las bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social.
A continuación detallamos las novedades que introduce este Real Decreto efectivas desde el pasado 1 de septiembre de 2023.
¿Quiénes podrán optar a los beneficios de la contratación?
Podrán ser beneficiarios en las cotizaciones sociales:
- Las empresas
- Los autónomos
- Las sociedades laborales o cooperativas
- Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro
Todas ellas, deberán estar inscritas en el sistema de la Seguridad Social como sujetos responsables del ingreso de cuotas. Además, deberán cumplir los siguientes requisitos:
- No haber sido inhabilitado ni excluido para obtener el acceso a subvenciones y ayudas públicas.
- Estar al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Contar con un plan de igualdad efectiva de mujeres y hombres debidamente inscrito en el registro público. Este requisito será exigible para las empresas con 50 o más trabajadores o cuando así lo establezca el propio convenio colectivo aplicable.
El beneficiario tendrá la obligación de mantener en situación de alta al trabajador al menos 3 años desde la fecha de inicio del contrato, transformación o incorporación del trabajador bonificado.
¿Qué personas o colectivos podrán contratar las empresas para poder acceder a las bonificaciones?
- Personas de atención prioritaria inscritas como demandantes de empleo.
- Personas con discapacidad.
- Personas en riesgo o situación de exclusión social.
- Mujeres víctimas de violencia de género.
- Víctimas del terrorismo
- Trabajadores que vean transformados sus contratos temporales en indefinidos.
Nuevas bonificaciones para 2023
A continuación, se desglosan cada uno de los colectivos con contratación incentivada, así como la cuantía de la bonificación en la cotización y su duración.
Contratación indefinida
- 128 € al mes durante 4 años para la contratación indefinida de personas con capacidad intelectual límite.
- 138 € al mes durante 2 años para la contratación indefinida de trabajadores readmitidos tras haber cesado en la empresa por incapacidad permanente total o absoluta. Esta bonificación también será de aplicación en los casos de: – personas mayores de 55 años con incapacidad permanente reincorporadas a su empresa en otra categoría y – personas mayores de 55 años que recuperen su capacidad y pudieran ser contratadas por otra empresa.
- 128 € al mes durante 4 años para la contratación indefinida de mujeres víctimas de violencia de género y de violencia sexual.
- 128€ al mes durante 4 años para la contratación indefinida de personas en situación de exclusión social en general. Y 147 € al mes durante un período máximo de 12 meses para el primer contrato tras la finalización de un contrato con un empresa de inserción. Ampliable por 3 años más por una cuantía de 128 € al mes.
- 110 € al mes durante 3 años para la contratación indefinida de personas desempleadas de larga duración. Y 128 € al mes durante 3 años cuando estos contratos se celebren con mujeres o personas de 45 o más años.
- 128 € al mes durante 4 años por la contratación indefinida de víctimas del terrorismo.
- 275 € al mes durante 3 años por la contratación indefinida de personas jóvenes menores de 30 años con baja cualificación beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
Contratación temporal
Bonificación de 366 € al mes durante durante el período de sustitución para los contratos de duración determinada celebrados con personas desempleadas para sustitución de personas trabajadoras en determinados supuestos:
- Para la sustitución de autónomos de baja por riesgo durante el embarazo, riesgo en la lactancia, nacimiento o cuidado del menor lactante.
- Menores de 30 años en desempleo para sustituir a una persona de baja por riesgo durante el embarazo, riesgo en la lactancia, nacimiento o cuidado del menor lactante.
- Personas desempleadas con discapacidad para sustitución de trabajadores con discapacidad que tengan suspendido su contrato de trabajo por incapacidad temporal.
Conciliación
- 366 € al mes durante el período en que se superpongan el contrato de sustitución y la prestación para la cotización de personas trabajadoras, socios trabajadores o socios de trabajo de las sociedades cooperativas sustituidas durante el nacimiento, cuidado del menor, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia.
- 138 € al mes durante el cambio de puesto de una persona por riesgo en el embarazo o la lactancia, o para adaptar su trabajo a una enfermedad profesional.
Contratos formativos
- 91 € al mes, durante su vigencia e incluidas sus prórrogas, por la realización del contrato de formación en alternancia.
- 28 € al mes, durante su vigencia, en las cuotas de la persona trabajadora a la Seguridad Social y por los conceptos de recaudación conjunta.
- 1,50 € por alumno/hora de tutoría por los costes derivados de la tutorización de las personas trabajadoras. Para el caso de empresas con menos de 50 trabajadores, la bonificación será de 2 € por alumno/hora de tutoría.
Transformación en indefinidos de contratos formativos y de relevo
- 128 € al mes durante 3 años por la transformación en indefinidos de contratos formativos a la finalización de su duración inicial o prorrogada. En el caso de que se tratara de mujeres, la bonificación será de 147 € al mes.
- 55 € al mes durante 3 años por la transformación en indefinidos de contratos de relevo. En el caso de mujeres, la bonificación será de 73 € al mes.
138 € al mes durante un período máximo de 3 años por la incorporación como persona socia en la cooperativa o sociedad laboral de personas que realizan formación práctica en empresas.
Sectores específicos o especiales
- 73 € al mes durante 3 años por la incorporación de personas trabajadoras desempleadas como socias trabajadoras o de trabajo a cooperativas y sociedades laborales. Si la incorporación se realiza con menores de 30 años o personas menores de 35 años con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%, la bonificación será de 147 € al mes durante el primer año y de 73 € durante los 2 años siguientes.
- 115 € al mes por la contratación de personal investigador predoctoral durante la vigencia del contrato.
- 55 € al mes durante 3 años por la transformación en contratos fijos-discontinuos de contratos temporales suscritos con trabajadores por cuenta ajena agrarios. En el caso de tratarse de mujeres, la bonificación será de 73 € al mes.
- 262 € al mes durante los meses de febrero, marzo y noviembre por la prolongación del periodo de actividad de las personas trabajadoras con contratos fijos-discontinuos en los sectores de turismo, comercio y hostelería.